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Deducción de costos y gastos pagados en efectivo a partir del 2019


Actualizado: 26 enero, 2016 (hace 8 años)

Actualmente y hasta el 2018, los pagos en efectivo que realicen los contribuyentes serán reconocidos fiscalmente como costos, deducciones, pasivos o impuestos descontables en la declaración de renta del respectivo período gravable (siempre y cuando cumpla las demás condiciones establecidas en la ley para la procedencia de dichas deducciones). Sin embargo, con las modificaciones realizadas por el artículo 52 de la Ley 1739 del 2014 al artículo 771-5 del ET, a partir del 2019 la aceptación de los costos y gastos pagados en efectivo tendrán reconocimiento fiscal de manera porcentual, el cual disminuirá gradualmente hasta el 2022.

Así pues se aceptarán los pagos en efectivo de la siguiente manera:

  • En el 2019, el menor entre el 85% de lo pagado o 100.000 UVT, o el 50% de los costos y deducciones totales.
  • En el 2020, el menor entre el 70% de lo pagado u 80.000 UVT, o el 45% de los costos y deducciones totales.
  • En el 2021, el menor entre el 55% de lo pagado o 60.000 UVT, o el 40% de los costos y deducciones totales.
  • A partir del 2022, el menor entre el 40% de lo pagado o 40.000 UVT, o el 35% de los costos y deducciones totales.

Para los operadores de juegos de suerte y azar los porcentajes varían

En los pagos en efectivo que realicen los operadores de juegos de suerte y azar, la gradualidad se aplicará de la siguiente manera:

  • En el 2019, el 74% de los costos, deducciones, pasivos o impuestos descontables totales.
  • En el 2020, el 65% de los costos, deducciones, pasivos o impuestos descontables totales.
  • En el 2021, el 58% de los costos, deducciones, pasivos o impuestos descontables totales.
  • A partir del 2022, el 52% de los costos, deducciones, pasivos o impuestos descontables totales.

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