Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Despido por no presentarse al trabajo por celebración del Carnaval de Barranquilla


Actualizado: 20 marzo, 2017 (hace 7 años)

Un grupo de empleados no se presentaron a trabajar argumentado que se encontraban celebrando el Festival del Carnaval de Barranquilla. ¿Puede el empleador suspenderlos o despedirlos teniendo en cuenta que nunca se les autorizó el permiso?

La Dra. Natalia señala que, en este caso, si el permiso no fue autorizado se puede adelantar un procedimiento de descargos laborales para que se justifiquen las razones por las cuales no se asistió al trabajo. Una vez realizado el procedimiento anterior y al no configurarse una justa causa por la inasistencia se puede dar por terminado el contrato laboral según lo estipulado en el artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo.

El empleador puede tomar la decisión de sostener a los empleados en el cargo pero rehusarse a pagar los días en los cuales no cumplieron con sus funciones por haber acudido a celebrar festividades.

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