Dian realizó una tercera adición al concepto general sobre impuestos saludables


Dian realizó una tercera adición al concepto general sobre impuestos saludables
Actualizado: 30 octubre, 2023 (hace 6 meses)

Con un nuevo concepto del 24 de octubre de 2023, la Dian da respuesta a una serie de inquietudes sobre los impuestos saludables que se cobrarán a partir de noviembre de 2023.

A través del Concepto 1111(8192) del 24 de octubre de 2023, la Dian responde una serie de interrogantes que se han formulado sobre la interpretación y aplicación de los impuestos saludables: el impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas y el impuesto a alimentos ultraprocesados.

Cabe recordar que estos empezarán a regir a partir del 1° de noviembre de 2023, según el artículo 96 de la Ley 2277 de 2022, sumado al Concepto General 003744 del 28 de marzo de 2023.

Algunas de las preguntas que se responden son:

  • ¿Cuáles son los presupuestos para que un producto se encuentre gravado con el impuesto a los alimentos ultraprocesados?
  • ¿Son acumulativas las definiciones que de «productos ultraprocesados» realiza la Ley?
  • ¿Qué alcance tiene la expresión «Excepto el pan» contenida en el artículo 5136 del Estatuto Tributario para efectos de este tributo?

En cuanto a cómo se declaran y pagan los impuestos saludables, la Dian en este concepto explica que, para el caso de las operaciones distintas a aquellas de comercio exterior, será necesario atender los artículos 513-12 y 513-13 del Estatuto Tributario, con lo cual los impuestos se declararán y pagarán bimestralmente, teniendo en cuenta los plazos fijados anualmente por el Gobierno Nacional.

En el caso de las operaciones de comercio exterior, estos impuestos se deben liquidar y pagar al momento de la liquidación y pago de los tributos aduaneros. Para lo anterior, se deberán utilizar los formularios que prescriba la Dian.

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