Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Fiducia de inversión y su reconocimiento según Estándares Internacionales


Actualizado: 22 junio, 2016 (hace 8 años)

El adecuado reconocimiento de los negocios de fiducia no depende únicamente de la clasificación como fiducia mercantil o como encargo fiduciario, haciendo un análisis preliminar sobre si el negocio involucra o no el traspaso de la propiedad a la fiduciaria; para definir la forma adecuada de llevar este tipo de operaciones a la contabilidad de una organización, es necesario evaluar el objeto específico del contrato, que según la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera pueden ser cuatro: inversión, inmobiliaria, administración o garantía.

Ahora bien, la fiducia de inversión es aquel acuerdo en que el fiduciante le entrega a la fiduciaria unos recursos, que generalmente son efectivo o equivalentes al efectivo, con el fin de que sean invertidos en diversos portafolios para obtener una rentabilidad proyectada en relación al espectro de riesgo asumible por el dueño del capital.

Reconocimiento según el Estándar Internacional

Debido a que la finalidad de este tipo de fiducia es invertir recursos y esperar una rentabilidad, las operaciones derivadas de dichos acuerdos generarán un instrumento financiero en los estados financieros que deberán reconocerse, medirse, presentarse y revelarse siguiendo las indicaciones de la Sección 12 del Estándar Internacional para Pymes. El fiduciante podrá reconocer una inversión medida a valor razonable y las variaciones de valor que se generen tendrán impacto en su estado de resultados.

Los recursos entregados en administración no podrán constituir en ningún momento equivalentes al efectivo, puesto que no es posible determinar el momento y la cantidad de dinero que se podrá recibir del negocio.

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