Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

[Guía] Manejo del IVA y retención por renta de las empresas que manejan A.I.U.


Actualizado: 27 octubre, 2014 (hace 10 años)

Es posible que existan contratos en los que el A.I.U., pueda pactarse o haberse pactado desde antes de la expedición de la Ley 1607 con tarifas inferiores al 10%, pero para efectos del Impuesto sobre las Ventas – IVA se debe registrar y pagar a la Dirección de Impuestos con un A.I.U. que no sea inferior al 10% del valor del contrato total.

En el caso en el que el A.I.U. pactado sea superior al 10% del valor del contrato, el valor base para el cobro del Impuesto sobre las Ventas debe ser sobre el valor del A.I.U. pactado.

En conclusión la restricción de la norma es que el valor base para el cálculo del IVA sea sobre un A.I.U. de al menos el 10%, y esta es solamente en el momento del cálculo y pago del IVA, no para términos comerciales con el cliente.

Caso No. 1

Una empresa de servicios temporales de empleo tiene un contrato con un cliente por diez millones de pesos ($10.000.000), mas un A.I.U. del 8% ($800.000), valor total del contrato de diez millones ochocientos mil pesos ($10.800.000).

El Impuesto sobre las Ventas se debe calcular sobre el A.I.U., que como mínimo debe ser el 10% sobre diez millones de pesos ($10.000.000), es decir $1.000.000.

Manejo del IVA y la retención por renta de las empresas que manejan A.I.U

 

Caso No. 2

Una empresa de servicios temporales de empleo tiene un contrato con un cliente por diez (10) millones de pesos ($10.000.000), mas un A.I.U. del 11% ($1.100.000), valor total del contrato de once millones cien mil pesos ($11.100.000).

El Impuesto sobre las Ventas se debe calcular sobre un A.I.U., que como ya se mencionó anteriormente debe ser mínimo el 10% del valor del contrato. En el caso citado, el A.I.U. pactado es del 11% del valor del contrato, por lo que es sobre dicho valor que se calcularán el IVA y la retención en la fuente por renta.

Manejo del IVA y la retención por renta de las empresas que manejan A.I.U

 

Caso No. 3

Una empresa de servicios temporales de empleo tiene un contrato con un cliente por diez (10) millones de pesos ($10.000.000) y no se estableció un porcentaje de A.I.U.

El Impuesto sobre las Ventas se debe calcular sobre un A.I.U., como mínimo del 10% sobre diez millones de pesos ($10.000.000), es decir $1.000.000. (artículo 11 del Decreto 1794 de agosto de 2013).

Manejo del IVA y la retención por renta de las empresas que manejan A.I.U

 

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