En cada gira que realizo por las distintas ciudades del país me encuentro que se “dicen”, tanto en conferencias y claustros universitarios, muchas cosas, que por el desconocimiento, la poca lectura, el tomar atajos y quedarse únicamente con lo que digan los “expertos”, terminan por convertir mentiras en verdades; distorsionando el verdadero sentido del estándar NIIF (IFRS).
Vamos a citar solo dos de ellos y para no extendernos tomaremos como base lo establecido por la NIIF para Pymes (IFRS for SME), dado que el número de entidades que la aplicará es mayor por ser el referente del marco técnico para la microempresa (decreto 2706 de 2012 párrafo 3.1).
Haciendo mención de la NIC 8 y/o Sección 10 (NIIF para Pymes) políticas contables, cambios en estimaciones y corrección de errores, respecto a la retrospección y recálculo de una cifra cuyo valor debe corregirse, se dice:
Si se encuentra un error ocasionado en un ejercicio anterior es necesario abrir los libros de contabilidad del año donde ocurrió el error y recalcular los saldos hasta el periodo actual.
El estándar no habla de libros contables, solo se hace referencia a la información emitida en los Estados Financieros ya emitidos y que fueron aprobados.
Un error implica: (párrafo 10.21 NIIF para Pymes)
Información a revelar: (párrafo 10.23 NIIF para Pymes)
a. La naturaleza del error del periodo anterior.
b. Para cada periodo anterior presentado, en la medida en que sea practicable, el importe de la corrección para cada partida afectada de los estados financieros.
c. En la medida en que sea practicable, el importe de la corrección al principio del primer periodo anterior sobre el que se presente información.
d. Una explicación si no es practicable determinar los importes a revelar en los apartados (b) o (c) anteriores.
No es necesario repetir esta información a revelar en estados financieros de periodos posteriores.
Basándose en las opciones ofrecidas por la NIC 16 y/o Sección 17 NIIF para Pymes respecto a la alternativa de administrar éstos bienes y detallar algunas sus partes, se dice:
Los principales bienes de la entidad se deben detallar al mayor grado posible por cada una de sus partes o componentes.
El estándar propone como alternativa el manejo por separado de algunas partes de un mismo bien dependiendo de las necesidades de información y funcionalidad en la administración.
(Aparte inicial párrafo 17.26 NIIF para Pymes)
Ciertos componentes de algunos elementos de propiedades, planta y equipo pueden requerir su reemplazo a intervalos regulares (por ejemplo el techo de un edificio). Una entidad añadirá el costo de reemplazar componentes de tales elementos al importe en libros de un elemento de propiedades, planta y equipo cuando se incurra en ese costo, si se espera que el componente reemplazado vaya a proporcionar beneficios futuros adicionales a la entidad (el subrayado es nuestro).
El hecho de asistir a seminarios, conferencias o diplomados no sustituye la responsabilidad profesional de documentarse en la fuente original, es decir, el conjunto de estándares NIIF (IFRS) plenos o para Pymes.
Preparada por:
Edmundo Alberto Flórez Sánchez
Líder de Investigación de Estándares Internacionales en Actualicese.com
edmundo.florez@blacolombia.com