Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pago de seguridad por persona natural que presenta factura por suministro de personal


Actualizado: 18 abril, 2017 (hace 7 años)

A una persona natural perteneciente al régimen simplificado que presenta una factura por concepto de suministro de personal de apoyo para un evento, ¿se le debe exigir el pago de seguridad social para que el gasto sea deducible en renta?

Resuelta 06  de abril  de 2017

El Dr. Diego Guevara indica que para dar respuesta al interrogante se debe validar lo dispuesto en el parágrafo segundo del artículo 108 del Estatuto Tributario, el cual establece lo siguiente:

“Para efectos de la deducción por salarios de que trata el presente artículo se entenderá que tales aportes parafiscales deben efectuarse de acuerdo con lo establecido en las normas vigente

Igualmente, para la procedencia de la deducción por pagos a trabajadores independientes, el contratante deberá verificar la afiliación y el pago de las cotizaciones y aportes a la protección social que le corresponden al contratista según la ley, de acuerdo con el reglamento que se expida por el Gobierno Nacional***. Lo anterior aplicará igualmente para el cumplimiento de la obligación de retener cuando esta proceda.”

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