Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pago del auxilio de transporte por teletrabajo o trabajo en casa por el COVID-19


Pago del auxilio de transporte por teletrabajo o trabajo en casa por el COVID-19
Actualizado: 24 abril, 2020 (hace 4 años)

El Ministerio del Trabajo precisó aspectos referentes a la naturaleza y pago del auxilio de transporte por la modalidad del teletrabajo o trabajo en casa como medidas de protección al empleo adoptadas frente a la contingencia del COVID-19.

¿Procede el pago del auxilio de transporte por teletrabajo o trabajo en casa por el COVID-19 si esta es una medida ajena a la voluntad del trabajador y empleador?

Como fue estudiado a través de nuestro editorial Medidas laborales que pueden implementar empleadores por contingencia del coronavirus (COVID-19), el Ministerio del Trabajo determinó que entre las medidas que podían implementar los empleadores para la protección del empleo, con ocasión del estado de emergencia por el COVID-19, se encontraban el teletrabajo o trabajo en casa, las cuales traen consigo una serie de cambios respecto a algunos beneficios laborales.

Concepto del Ministerio del Trabajo

Respecto al pago del auxilio de transporte por el teletrabajo o el trabajo en casa por el COVID-19, el Ministerio del Trabajo precisó a través del Concepto 02EE2020410600000024952 de 2020 que, según lo establece el artículo 2 de la Ley 15 de 1959, el auxilio de transporte tiene como finalidad subsidiar parte del gasto en que el trabajador debe incurrir para trasladarse hacia su lugar de trabajo.

En el siguiente video, Natalia Jaimes Lúquez, abogada consultora en derecho laboral, responde un interrogante relacionado con este tema:

Dado lo anterior, se tiene que, frente a la prestación del servicio a través de las mencionadas modalidades laborales, no procede el pago del auxilio de transporte debido a que el trabajador no debe trasladarse hacia su sitio de trabajo.

Al respecto, el Mintrabajo precisa lo siguiente:

“(…) si el trabajador se encuentra bajo la modalidad de trabajo en casa o teletrabajo, se entenderá que no tendrá derecho al pago del auxilio de transporte en aquellos días en los que no asista presencialmente al trabajo, dado que no ha incurrido en un gasto para desplazarse a la sede de trabajo”.

Amplíe la información referente a la implementación del teletrabajo a través de nuestro editorial Teletrabajo y disminución salarial por COVID-19.

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