Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pasos para liquidar el formulario 490 por la primera cuota de la DRPJ


Actualizado: 28 abril, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Cuál es el paso a paso para elaborar en abril de 2020 el formulario 490 con la primera cuota de renta año gravable 2019 sin que se haya presentado primero la declaración de renta?

Pregunta resuelta abril 23 de 2020

La declaración del impuesto de renta de personas jurídicas por el año gravable 2019 debe presentarse ante la Dian a través del formulario 110, el cual aplica también para naturales o sucesiones ilíquidas sin residencia fiscal.

Aclarado lo anterior, abrimos el siguiente espacio para el contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, quien se encargará de explicar puntualmente cuáles son los pasos para liquidar el formulario 490 por la primera cuota generada en el impuesto de renta de una persona jurídica, correspondiente al año gravable 2019.

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