Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Personas naturales del régimen simple también deben reconocer los “ingresos en especie”?


Actualizado: 3 enero, 2023 (hace 1 año)

Responde conferencista: Diego Guevara Madrid.

¿Las personas naturales del régimen simple también deberán reconocer los “ingresos en especie” a los que se refiere el nuevo artículo 29-1 del ET, creado con la Ley 2277 de diciembre de 2022?

Pregunta resuelta 22 de diciembre de 2022

En el siguiente video, el conferencista Diego Guevara Madrid explica que una de las novedades que introdujo la nueva reforma tributaria, Ley 2277 de 2022, se relaciona con los ingresos en especie de las personas naturales. Es decir, si las personas naturales o jurídicas le regalan bienes o servicios a otra persona natural, esta última estará obligada a reconocer dicho bien o servicio como un ingreso en especie. Por lo tanto, el artículo 29-1 del Estatuto Tributario, creado con el artículo 59 de la Ley 2277 de 2022, es el que regula que si una persona natural o jurídica adquiere bienes o servicios a favor de otra persona natural, deberá realizar un reporte como un ingreso en especie a favor del beneficiario del bien o servicio.

Cabe destacar que este artículo 29-1 del Estatuto Tributario, creado por la nueva reforma tributaria, Ley 2277 de 2022, solamente tiene efectos para los contribuyentes del impuesto de renta y complementarios, por lo tanto, los contribuyentes del régimen simple no aplicarían lo descrito en dicho artículo.

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