Los ingresos provenientes de la medición de activos al valor razonable no tienen efectos fiscales. Estos ingresos se reconocen solamente en los estados financieros y generan diferencias entre las bases contables y fiscales de algunas partidas.
El artículo 28 de la Ley 1819 de 2016 modificó el artículo 28 del estatuto Tributario. El numeral 5 del citado artículo 28 establece que:
“Los ingresos devengados por la medición a valor razonable, con cambios en resultados, tales como propiedades de inversión, no serán objeto del Impuesto sobre la Renta y Complementarios, sino hasta el momento de su enajenación o liquidación, lo que suceda primero.”
Aunque el párrafo citado menciona las propiedades de inversión, esta disposición se aplica a todos los ingresos derivados de la medición de activos al valor razonable. Como se puede observar, la expresión propiedades de inversión está antecedida por las palabras tales como; lo cual significa que es un ejemplo, pero no restringe la aplicación de la norma a esa partida en particular.
En aplicación de lo anterior, miremos el tratamiento contable y el fiscal de las propiedades de inversión.
Las normas de información financiera establecen que las propiedades de inversión se miden al valor razonable con efectos en resultados. Este principio hace que los estados financieros de las entidades que mantengan bienes inmuebles para generar rentas, plusvalías u otros beneficios similares presenten ingresos (o gastos) en sus estados financieros derivados de la medición de sus activos.
Veamos un ejemplo
Suponga que una entidad adquiere una oficina el 1 de enero de 2017, por un valor de $500.000.000.
A lo largo del año 2017, gasta $200.000.000 en adecuaciones y mejoras capitalizables a la propiedad.
Al 31 de diciembre de 2017, la propiedad se ha valorizado, y su valor razonable es de $800.000.000
Al cierre del año 2018, la propiedad ha alcanzado un valor razonable de $1.000.000.000
El 20 de enero de 2019 la entidad vende la propiedad por $1.100.000.000.
De acuerdo con las normas de información financiera, los libros de contabilidad de la entidad mostrarán la siguiente información:
Constitución de la entidad:
Cuenta |
Débito |
Crédito |
Aportes de capital |
$1.000.000.000 |
|
Banco |
$1.000.000.000 |
Compra de la propiedad:
Cuenta |
Débito |
Crédito |
Propiedades de inversión |
$500.000.000 |
|
Banco |
$500.000.000 |
Durante el año 2017, la entidad incurre en costos capitalizables por mejoras a la propiedad:
Cuenta |
Débito |
Crédito |
Propiedades de inversión |
$200.000.000 |
|
Banco | $200.000.000 |
Al cierre del periodo 2017, la entidad debe valorar la propiedad por el modelo del valor razonable, así:
Costo |
$500.000.000 |
Costos capitalizables |
$200.000.000 |
Valor en libros antes de la medición (más costos capitalizables) |
$700.000.000 |
Valor razonable: |
$800.000.000 |
Ingreso por medición a valor razonable: |
$100.000.000 |
Cuenta |
Débito |
Crédito |
Propiedades de inversión |
$100.000.000 |
|
Ingreso medición a Valor Razonable |
$100.000.000 |
La entidad debe reconocer también el impuesto diferido que se genera por esta revaluación, así (suponga una tarifa del 10% por ganancias ocasionales):
Cuenta |
Débito |
Crédito |
Pasivo por impuesto diferido |
$10.000.000 |
|
Gasto por Impuesto a las Ganancias |
$10.000.000 |
Al cierre del 2018 se presenta una nueva revaluación de la propiedad de inversión, y se reconoce así:
Valor en libros en la última medición |
$800.000.000 |
Valor razonable: |
$1.000.000.000 |
Ingreso por medición a valor razonable: |
$200.000.000 |
Cuenta |
Débito |
Crédito |
Propiedades de inversión |
$200.000.000 |
|
Ingreso medición a Valor Razonable |
$200.000.000 |
La entidad debe reconocer también el impuesto diferido que se genera por esta revaluación, así (suponga una tarifa del 10% por ganancias ocasionales):
Cuenta |
Débito |
Crédito |
Pasivo por impuesto diferido |
$20.000.000 |
|
Gasto por Impuesto a las Ganancias |
$20.000.000 |
En el año 2019, la venta del edificio genera los siguientes registros contables:
Cuenta |
Débito |
Crédito |
Propiedades de inversión | $1.000.000.000 | |
Ingreso – Ganancias en venta de Propiedades de inversión | $100.000.000 | |
Bancos | $1.100.000.000 |
En el momento de la venta del activo, la entidad revierte el impuesto diferido pasivo contra resultados:
Cuenta |
Débito |
Crédito |
Pasivo por impuesto diferido | $30.000.000 | |
Gasto por Impuesto a las Ganancias | $30.000.000 |
Las declaraciones de renta de los años 2017, 2018 y 2019 mostrarán las siguientes partidas:
|
2017 |
2018 |
2019 |
Ingresos gravados |
0 |
$1.100.000.000 |
|
Costo de venta de activos |
0 |
$700.000.000 |
|
Renta gravada |
0 |
$400.000.000 |
|
Impuesto a cargo |
0 |
$40.000.000 |
La contabilización del impuesto corriente es la siguiente:
Cuenta |
Débito |
Crédito |
Impuesto por pagar | $40.000.000 | |
Gasto por Impuesto a las Ganancias | $40.000.000 |
Con la información anterior, el estado de situación financiera por los años 2017, 2018 y 2019 reflejará los siguientes saldos:
|
2017 |
2018 |
2019 |
Efectivo y equivalentes |
$300.000.000 |
$300.000.000 |
1.400.000.000 |
Propiedades de inversión |
$800.000.000 |
$1.000.000.000 |
0 |
Pasivo por impuesto diferido |
$10.000.000 |
$20.000.000 |
0 |
Impuesto de renta por pagar |
$0 |
$40.000.000 |
|
Aportes de capital |
$1.000.000.000 |
$1.000.000.000 |
$1.000.000.000 |
Utilidades del periodo |
$90.000.000 |
$180.000.000 |
$90.000.000 |
Utilidades de periodos anteriores |
$90.000.000 |
$270.000.000 |
El estado de resultados por esos mismos años reflejará lo siguiente:
|
2017 |
2018 |
2019 |
Ingresos |
$100.000.000 |
200.000.000 |
100.000.000 |
Costo de ventas |
$0 |
$0 |
$0 |
Utilidad antes de impuestos |
$100.000.000 |
$200.000.000 |
$100.000.000 |
Impuesto de renta corriente |
$0 |
$0 |
-$40.000.000 |
Impuesto de renta diferido |
$10.000.000 |
$20.000.000 |
$30.000.000 |
Resultados |
$90.000.000 |
$180.000.000 |
$90.000.000 |
CP. Juan David Maya Herrera
Consultor de Estándares Internacionales de Información Financiera
Certificación Internacional por el ICAEW en IFRS Full (NIIF Plenas)
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