Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reglamentación para que plataformas digitales transfieran IVA a la Dian está lista


Actualizado: 26 octubre, 2018 (hace 6 años)

Aunque desde julio se dio inicio al recaudo del IVA de las plataformas digitales extranjeras que ofrecen sus servicios en Colombia, hasta ahora la Dian estableció los mecanismos para su declaración y pago.

Estas plataformas deben inscribirse en el RUT a través de la página web de la entidad. Estos operadores deben presentar la declaración del IVA y pagar el impuesto de manera bimestral, utilizando el formulario que la Dian prescribirá para tal fin. El formulario estará disponible con versiones en español e inglés y será de uso exclusivo para este tipo de contribuyentes.

La Dian informó que cuando los prestadores de servicios desde el exterior facturen sus servicios en dólares o en otras monedas diferentes al peso colombiano, al finalizar cada bimestre deberán consolidar los ingresos generados por el servicio y el IVA facturado para después convertirlos a la moneda colombiana.

Para estos casos se tendrá en cuenta la tasa de cambio representativa del mercado –TRM– vigente al día de presentación de la declaración, certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia.

Fuente: Dinero.

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