Reporte de los intereses presuntivos en la información exógena 2020
Responde conferencista: Diego Guevara
¿Los intereses presuntivos deben ser reportados en la información exógena?
Pregunta resuelta 26 de noviembre de 2020
En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios define si los intereses presuntivos, que son un requerimiento fiscal que se encuentra en el artículo 35 del Estatuto Tributario –ET–, deben ser reportados en la información exógena.
Es importante destacar que la información exógena del año gravable 2020 debe ser presentada siguiendo las instrucciones de la Resolución 000070 de 2020, para evitar las sanciones establecidas en el artículo 651 del ET.
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