Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sentencia 16771de 26-11-2009


Actualizado: 26 noviembre, 2009 (hace 14 años)

Consejo de Estado
Sentencia 25000232700020040195201(16771)
26-11-2009

El Consejo de Estado señaló que, de acuerdo con el artículo 358 del Estatuto Tributario y el Decreto 124 de 1997, el beneficio neto o excedente que se hubiere destinado a la constitución de una asignación permanente con el fin de facilitar, con su producto, el mantenimiento y desarrollo de actividades del objeto social de la entidad o actividades como salud, educación formal, cultura, deporte aficionado, investigación científica o tecnológica, ecología y protección ambiental, entre otras, y que no haya cumplido con esa ejecución, constituirá ingreso gravable a la tarifa del 20% en el año en que esto ocurra.

Sala de lo Contencioso Administrativo

Seccion cuarta
Consejero ponente:WILLIAM GIRALDO GIRALDO

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