Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
Si una entidad en el ESFA no registró el equipo de oficina, pero fiscalmente este activo se sigue reconociendo, ¿se debe calcular impuesto diferido?
Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, especifica que cuando una entidad presenta diferencias entre los valores contable y fiscal, en tal caso debe reconocer el impuesto diferido y registrarlo en la contabilidad siguiendo las instrucciones de la sección 29 del Estándar Internacional para Pymes.
Es de anotar que si una empresa está registrando en su declaración de renta depreciaciones sobre las cuales no cuenta con un documento soporte, podría tener inconvenientes con la Dian, toda vez que la deducción aplicada no cumple con los requisitos tributarios exigidos; por tal razón, se recomienda que en ese caso el contribuyente omita ese tipo de gastos.