Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento tributario por la devolución de mercancía vendida en el 2016


Actualizado: 30 enero, 2018 (hace 6 años)

¿Qué tratamiento tributario debe aplicar una empresa a la cual le devolvieron mercancía vendida en el año gravable 2016, teniendo presente que el CREE desapareció con la entrada en vigencia de la ley 1819 de 2016? 

Resueltas 25 de enero de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, indica que con la entrada en vigencia de la Ley 1819 de 2016 se introdujeron diversos cambios en materia tributaria, algunos relacionados, por ejemplo, con la aplicación del impuesto de renta de las personas naturales y jurídicas, el IVA, el monotributo, el impuesto al consumo, la eliminación del CREE, entre otros.

Una vez expuesto lo anterior se procede a responder puntualmente la consulta, informando que, si a un contribuyente le devuelven mercancía en el año 2017, pero que fue vendida en el año gravable 2016, este tiene la obligación de corregir las declaraciones presentadas bien sea de renta, de CREE o de IVA, situación que conlleva a que el valor a pagar se disminuya. Es de anotar que, para hacer la corrección se tiene un año contado a partir del vencimiento de la presentación de la declaración tributaria.

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