Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

3 puntos a tener en cuenta al momento de tramitar quejas ante la Superfinanciera


3 puntos a tener en cuenta al momento de tramitar quejas ante la Superfinanciera
Actualizado: 31 marzo, 2017 (hace 7 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • 1. ¿Cómo tramitar una queja ante la Superfinanciera?
  • 2. ¿Qué trámite se le da a la queja?
  • 3. Cuando se evalúa la información pueden presentarse dos situaciones

Recientemente, la Superfinanciera indicó que entre octubre y diciembre de 2016 las reclamaciones contra los bancos fueron 255.095, mientras que en el mismo periodo de 2015 fueron 191.007. Blíndese contra los abusos de estas entidades y sepa qué debe hacer.

“las quejas contra las entidades vigiladas por esta entidad y contra los defensores del consumidor financiero ascendieron a 417.132”

La Superintendencia Financiera de Colombia, en adelante –SFC–, dio a conocer que en el último trimestre del año anterior las quejas contra las entidades vigiladas por esta entidad y contra los defensores del consumidor financiero ascendieron a 417.132.

De este total, el 61% fueron contra establecimientos bancarios. Un total de 255.095 quejas en trámite fueron contra los establecimientos bancarios, lo que representa un descenso del 8% frente al tercer trimestre de 2016. De este total, el 96% de las quejas estuvieron relacionadas con los siguientes productos: 56% tarjetas de crédito, 20% cuentas de ahorro, 12% créditos de consumo y comerciales, 7% cuentas corrientes, y un 1% con crédito de vivienda.

1. ¿Cómo tramitar una queja ante la Superfinanciera?

  • Presente su queja por escrito, de forma personal, vía correo, fax o por correo electrónico a una de las siguientes indicaciones (según sea el caso): Calle 7 No. 4-49, oficina 109, zona A, Bogotá; Fax: 3505707/3507999; o al mail super@superfinanciera.gov.co. Si actúa a nombre de un tercero deberá adjuntar el poder respectivo debidamente otorgado en notaría.
  • La comunicación debe incluir: nombres y apellidos completos; su número de documento de identificación; su dirección, ciudad y teléfono; la descripción de los hechos que originan el reclamo más los documentos que sustenten sus afirmaciones.
  • En caso de que la SFC necesite mayor información, se le solicitará por escrito a la dirección indicada por usted, y deberá enviarla dentro de los dos meses siguientes. Si se presenta con posterioridad, se recibirá como una queja nueva.
  • Si usted no remite la documentación adicional, se entenderá que desistió de presentar la queja y la actuación será archivada.
  • En la página de la Superfinanciera hay un aplicativo donde usted puede tramitar su queja de forma virtual.

2. ¿Qué trámite se le da a la queja?

  • La queja que cumpla con toda la información necesaria será trasladada a la entidad vigilada correspondiente dentro de los 15 días hábiles siguientes a su presentación, con el fin de que la misma le responda al reclamante con copia a la Superfinanciera para su respectiva evaluación.
  • De igual manera la SFC, si lo considera pertinente, podrá solicitar información adicional a la entidad.
  • Recuerde que no hay plazos para terminar la actuación que corresponda al trámite de una queja, pues, en cada caso, los tiempos de respuesta dependerán de la complejidad del tema.
  • Si usted desiste de la queja, su entidad rectifica la situación o si la discusión se lleva ante los jueces, no olvide informar esta situación a la Superfinanciera.

3. Cuando se evalúa la información pueden presentarse dos situaciones

  • Respuesta final: evaluada la información por parte de la SFC, si se considera que su queja ha sido solucionada, aclarada, atendida o explicada adecuadamente por la entidad, se dará una respuesta final en ese sentido.
  • Investigación administrativa: si la SFC estima que la entidad vigilada o alguno de sus funcionarios posiblemente ha violado alguna de las disposiciones que regulan su actividad, se inicia, en forma independiente, la respectiva actuación administrativa tendiente a establecer si se configura una infracción administrativa. Para tal caso, la SFC adoptará las medidas correspondientes de acuerdo al resultado de la investigación.

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