Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Salario base para liquidación de prestaciones sociales durante incapacidad


Salario base para liquidación de prestaciones sociales durante incapacidad
Actualizado: 20 julio, 2015 (hace 9 años)

Mientras se encuentre incapacitado, un empleado tiene derecho al reconocimiento del auxilio de incapacidad, correspondiente al 66.66% del salario base, sin que sea inferior al smmlv. Lo anterior no implica que el auxilio de incapacidad constituya base para liquidación de prestaciones sociales.

Brevemente se resuelve el siguiente interrogante: durante el tiempo de incapacidad me cancelan el sueldo sobre el 66.67%, es superior al smmlv, ¿este porcentaje afecta las prestaciones sociales y lo aportes al SGSS?

La respuesta es no. El empleado tiene derecho a que se le liquiden sus prestaciones sociales, prima, cesantías y las vacaciones, sobre el valor del salario pactado, más cualquier valor por concepto de adicionales como horas extras, recargos nocturnos, entre otros.

Aunque la EPS tiene la obligación legal de pagar el auxilio de incapacidad equivalente a las dos terceras partes del salario, sin que este valor sea inferior al salario mínimo, las prestaciones sociales del trabajador se siguen calculando sobre el salario pactado, no sobre el valor recibido como auxilio de incapacidad.

Por ejemplo, si un trabajador recibe un salario de $1.000.000, y sufre una incapacidad por un mes, la EPS le pagará un auxilio de incapacidad de $666.667, valor superior al smmlv, pero el empleador seguirá calculando las prestaciones sociales sobre una base de $1.000.000.

“la responsabilidad del empleador frente a la liquidación de las prestaciones sociales, los cálculos se deben realizar sobre el valor del sueldo pactado”

Entonces, en cuanto a la responsabilidad del empleador frente a la liquidación de las prestaciones sociales, los cálculos se deben realizar sobre el valor del sueldo pactado, y bajo ninguna circunstancia las prestaciones deben calcularse tomando como base el auxilio de incapacidad otorgado por el Sistema de Seguridad Social. El auxilio de incapacidad no corresponde al salario base de prestaciones.

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