Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ampliarían plazo a prestadores de servicios del exterior para cumplir obligaciones tributarias


Actualizado: 18 julio, 2018 (hace 6 años)

Minhacienda dio a conocer el proyecto de decreto que indicaría los plazos en los cuales los prestadores de servicios desde el exterior deberán presentar y pagar la declaración de IVA del bimestre julio-agosto del presente año.

El 17 de julio de 2018, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante el presente proyecto de norma, amplió el plazo para que los prestadores de servicios en el exterior declaren y paguen el impuesto sobre las ventas, correspondiente al bimestre julio-agosto de 2018. Por lo anterior, se adicionaría un parágrafo transitorio al artículo 1.6.1.13.2.30 de la sección 2 del capítulo 13, título 1, parte 6 del libro 1 del DUR 1625 de 2016.

La presentación de la declaración y el pago de la misma por el bimestre julio-agosto, quedaría para el mismo plazo establecido para el bimestre septiembre-octubre de 2018.

La entidad en mención estará recibiendo comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de decreto, del 17 al 31 de julio de 2018, a través de la página web http://www.minhacienda.gov.co

*Fuente: Minhacienda

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