Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

«Buena parte de las empresas no cuentan con políticas corporativas en materia anticorrupción»


«Buena parte de las empresas no cuentan con políticas corporativas en materia anticorrupción»
Actualizado: 1 febrero, 2018 (hace 6 años)

Indira Porto, investigadora de corrupción y justicia en el CPC, afirma en entrevista con Actualícese que es necesario que las empresas manifiesten un alto grado de compromiso con programas de ética corporativa. Una forma de demostrarlo es que los ejecutivos de primer nivel se capaciten en el tema.

Indira Margarita Porto Gutiérrez, investigadora asociada de temas de corrupción y justicia del Consejo Privado de Competitividad –CPC–, dialogó con Actualícese sobre la posición de las empresas frente a los estándares de ética corporativa y las estrategias que estas desarrollan frente a prácticas como el soborno.

Frente al tema, asegura que, según el Foro Económico Mundial, los estándares de ética corporativa contribuyen a proteger a las empresas de prácticas corruptas como el soborno, al tiempo que alinean los intereses del empresariado frente a temas claves como la productividad.

«Bajo esta lógica, las empresas que incluyan dentro de su día a día códigos de conducta, no solo le apuntan a mantener una buena imagen de la compañía, sino también a mejorar sus niveles de rentabilidad. Por lo tanto, las firmas deben desarrollar sistemas de integridad corporativa que funcionen de manera transversal y durante todo el período contable, y que incluyan políticas anticorrupción y de prevención. Así mismo, enfocarse en desarrollar mecanismos anticorrupción en las campañas electorales es un paso fundamental por garantizar la transparencia en asuntos sensibles y de interés general», afirma.

Para ella, los esfuerzos en el sector empresarial deben estar acompañados de compromiso de todos los niveles de la sociedad. Contar con profesionales con estándares éticos y morales también depende de la calidad del sistema educativo: de los futuros empresarios que engrosaran las filas de las compañías. En ese sentido, países como Chile y el Reino Unido han integrado a los currículos de sus escuelas material anticorrupción.

Para esta economista y magister en economía de la misma universidad, con experiencia en el diseño, análisis y evaluación de políticas públicas, buena parte de las empresas no cuentan con políticas corporativas en materia anticorrupción debido a la ausencia de conocimiento de normas legales.

«Por lo tanto, un primer paso es promover programas de capacitación en estos temas normativos».

Agrega que es absolutamente necesario que las empresas manifiesten un alto grado de compromiso con estos programas, donde una forma de demostrarlo es invitar a los ejecutivos de primer nivel a participar en estas capacitaciones.

«Otro tema importante es la figura de canales de denuncia al interior de las empresas, pues su sola presencia no hace la diferencia. En ese sentido, una buena práctica es fortalecer estos canales, ya que es crucial contar con la confianza de los empleados. Una estrategia sencilla es que las compañías aborden con seriedad las denuncias internas al iniciar una investigación, evitando represalias y manteniendo en absoluto secreto la identidad de los denunciantes», expresa Porto Gutiérrez.

La contratación pública es un tema incómodo y que genera críticas. A Porto Gutiérrez se le preguntó si se debería reglamentar algún tipo de documentación para que la sociedad conozca las cifras y tratos manejados. Ella explica que la nueva apuesta del Gobierno en materia de contratación pública es el SECOP II, un sistema transaccional totalmente automatizado en que todo el proceso se realiza en línea, lo que difiere de su antecesor el SECOP I, un sistema de publicación de la contratación.

Contar con el total de la contratación pública en el SECOP II podría reducir la discrecionalidad y aumentar la competencia de la contratación pública del país, ya que, según cálculos del CPC, la concentración de la contratación en manos de un único proponente en el SECOP I es de 52 % mientras en el SECOP II es del 15 %.

«La información de este sistema debería poder alimentar otros recursos de seguimiento y divulgación fiscal, como ya lo hace con el Portal Central de Transparencia Fiscal, que permite consultar todo lo relacionado con los contratos suscritos por las entidades a nivel territorial. Dicha interoperabilidad facilitará a la ciudadanía y a los entes competentes la generación y detección de alertas tempranas en la administración presupuestal de los procesos. Lo anterior además evitaría ineficiencias en requerimientos adicionales y duplicidades de información», explica Porto Gutiérrez.

Para ella, el sistema judicial nacional debe dar pasos para que las condenas sirvan como castigos ejemplares.

 «Por supuesto que sí. Los esfuerzos normativos y sancionatorios son bien recibidos en la lucha contra la corrupción, ya que permiten contar con un aparato judicial sólido capaz de efectuar condenas ejemplares, lo que eventualmente permitirá la prevención y reducción de este fenómeno».

En Colombia, la Ley 1778 de 2016 constituye un paso esencial en la historia del país a la hora de sancionar y penalizar el soborno internacional.

«Sin embargo, aún se requiere avanzar en esta legislación, pues ahora el castigo de las firmas depende de la existencia previa de una sanción penal contra la persona natural que haya cometido el delito, algo que no sucede en casos de soborno transnacional. Por lo tanto, es importante contemplar un régimen de responsabilidad penal para las personas jurídicas por los delitos de soborno transnacional a funcionarios públicos, en casos en los que se demuestre la participación y el interés deliberado de la compañía en estos delitos», recalca Porto Gutiérrez.

Recompensas y corrupción en elecciones

Sobre el sistema de recompensas y beneficios para quienes denuncien a los corruptos, Porto Gutiérrez dice que es un sistema que en nuestro país está cobrando vigor y las autoridades competentes deberían hacer esfuerzos por examinar todas las delaciones con sumo cuidado e investigación para evitar la aparición de falsos positivos, por lo que se requieren controles y verificaciones rigurosas en estos procesos.

«También, es importante estandarizar los procesos a los que se acogen los implicados para, de esta manera, contar con reglamentos que no resulten en tratamientos preferenciales y garanticen la transparencia de los procedimientos», explica.

Sobre la relación corrupción-elecciones, piensa que el financiamiento privado de las campañas electorales conlleva a una serie de riesgos como la posible incidencia de las compañías que aportan recursos en la adjudicación de contratos con el Estado. Según Transparencia por Colombia y la Universidad del Externado, el 13 % de los empresarios considera que contribuye a las campañas políticas porque espera recibir beneficios a cambio. De ahí, que organismos como la misión electoral para la paz sugirieran que las campañas políticas fueran financiadas preponderantemente con recursos estatales. Sin embargo, mecanismos de financiación, en su mayoría públicos, además de ser excesivamente costosos, no representan una solución efectiva frente a la corrupción.

«Países con mejores índices de corrupción que Colombia, como Chile, Costa Rica y Uruguay, tienen porcentajes de financiamiento estatal entre el 30 % y el 70 %. Aun así, el núcleo del asunto no solo es la fuente de financiación. Este aspecto también debe fortalecerse con mayores controles a la participación privada como una revisoría fiscal independiente para las empresas que quieran realizar aportes, mayor acceso y trasparencia a la ejecución financiera de los recursos y el uso y la divulgación obligatoria del libro de registros contables», concluye Porto Gutiérrez.

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