Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

[Guía] Cálculo de la contribución 2019 a Supersociedades


Actualizado: 6 agosto, 2019 (hace 5 años)

La presente herramienta tiene como propósito facilitar las depuraciones que se tendrán que hacer por parte de las entidades obligadas a efectuar la contribución del año 2019 a la Superintendencia de Sociedades, dependiendo de la condición jurídica en la que se halle cada sociedad.

De acuerdo con el texto de la Resolución 514-000656 de julio 23 de 2019 expedida por la Superintenendencia de Sociedades, las entidades obligadas al pago de la contribución para gastos de funcionamiento año 2019 a favor de la Superintendencia de sociedades utilizarán como base para el cálculo de dicha contribución el valor total de sus activos a diciembre 31 de 2018. Así mismo, dependiendo de la condición jurídica en la que se halle la sociedad obligada a hacer la contribución, el cálculo de la contribución podrá ser diferente.

Una vez que se efectúa el cálculo respectivo, el monto de la contribución final que liquide cada sociedad no podrá ser inferior a un salario mínimo mensual vigente ($828.116), pero tampoco deberá ser superior a $1.195.553.473 (esta última cifra se obtiene de aplicar el 1 % al monto total de contribuciones que se estimó llegará a recibir por el 2019 la Supersociedades para sus gastos de funcionamiento; véase los considerandos cuarto y quinto de la resolución en mención).

Por tal motivo, la presente herramienta tiene como propósito el de facilitar las depuraciones que se tendrán que hacer por parte de las entidades obligadas a efectuar la contribución del año 2019 a la Superintendencia de Sociedades, dependiendo de la condición jurídica en la que se halle cada sociedad.

Cálculo de la contribución 2019 a Supersociedades

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