Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cobro del IVA y del impuesto nacional al consumo sobre servicios de telefonía


Actualizado: 17 agosto, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta 

¿Se debe aplicar el cobro del IVA y el impuesto nacional al consumo sobre los servicios de telefonía fija y móvil?, ¿sobre qué tarifas?

Resueltas agosto 1 de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios aclara que sobre los servicios prestados de telefonía móvil, aplica tanto el cobro del impuesto de IVA a una tarifa del 19 %, como el cobro del impuesto al consumo a una tarifa del 4 %, pero no ocurre lo mismo cuando se presta el servicio de telefonía fija, pues en este caso solo debe pagar el impuesto del IVA, según lo indicado en los artículos 512-1 y 512-2 del Estatuto Tributario.

Es de anotar que los bienes y servicios que no  sean explícitamente excluidos o exentos de IVA quedarán gravados con dicho impuesto según la tarifa que corresponda.

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