Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 840 de 27-09-2017


Actualizado: 27 septiembre, 2017 (hace 7 años)

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 840
Septiembre 27 de 2017

El CTCP precisa que las cuotas extraordinarias que deben ser reconocidas como ingresos cuando se cumplen las condiciones impuestas para su uso, inicialmente deben ser registradas como ingresos diferidos y cuando se cumplen las condiciones se reconocen como ingresos.

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