Declaraciones de retención en la fuente pendientes de pago: beneficios de la reforma tributaria para ponerse al día
Aquí hablaremos sobre...
- Declaraciones de retención en la fuente en mora deben ser pagadas a más tardar el 30 de junio de 2023
- ¿Beneficio procede para las declaraciones de retención en la fuente presentadas sin pago total extemporáneamente?
- Agentes de retención también podrían verse beneficiados con la reducción de la tasa de interés
La Ley 2277 de 2022 adicionó un parágrafo transitorio 2 al artículo 580-1 del ET con el propósito de crear un beneficio para todos los agentes de retención y autorretenedores que se encuentren en mora en el pago de las declaraciones de retención en la fuente. Aquí te contamos todos los detalles. Share on WhatsApp (Se abre en una ventana nueva) WhatsApp Share on Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook Share on X (Se abre en una ventana nueva) X Share on LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn Este contenido solo está disponible para Suscriptores. Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí. Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
