Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Derecho al retracto: ¿qué hacer si quiere devolver el producto que compró?


Derecho al retracto: ¿qué hacer si quiere devolver el producto que compró?
Actualizado: 17 septiembre, 2018 (hace 6 años)

El derecho al retracto no aplica para todas las relaciones comerciales y de consumo. A continuación, describimos las circunstancias en las que una persona puede retractarse del negocio realizado, así como las opciones que tiene frente a las autoridades competentes para que le devuelvan el dinero.

Al hablar del derecho al retracto se hace referencia a una facultad concebida por el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011), en la que el comprador puede echarse para atrás luego de realizar la compra de bienes o servicios.

“Existen cuatro circunstancias para que la persona pueda retractarse del negocio celebrado”

Sin embargo, hay que tener presente que este derecho no aplica en todas las relaciones de consumo. Existen cuatro circunstancias para que la persona pueda retractarse del negocio celebrado:

  • Ventas de bienes y prestación de servicios mediante sistemas de financiación, lo que quiere decir aquellas compras que son financiadas por el mismo establecimiento.
  • Venta de tiempos compartidos o servicios turísticos, aquellas transacciones en las que por medio de cuotas periódicas se recibe algún beneficio en alojamiento vacacional para un número particular de días durante el año.
  • Ventas a distancia, por internet o televisión, aquellos negocios que se realizan por medio de catálogos, ventas por televisión o internet, en el que no se tuvo acceso al producto físico.
  • Ventas que utilizan métodos no tradicionales, como por ejemplo los lanzamientos de productos apoyados con invitaciones, regalos, consumo de licor o cualquier factor que pueda ejercer presión en el consumidor para adquirir un producto.

El término máximo para ejercer el derecho de retracto será de 5 días hábiles, contados desde la entrega del bien o de la celebración del contrato.

Si la persona hace uso de la facultad de retracto se debe tener en cuenta que:

  • El proveedor deberá reintegrarle el dinero que la persona hubiese pagado (sin hacer descuentos o retenciones por concepto alguno y mucho menos, cambiarlo por un nuevo producto o algún bono).
  • El reintegro del dinero no podrá exceder 30 días calendario contados desde el momento en que se ejerció el derecho de retracto.
  • Cualquier obstrucción por parte del empresario, incluso una cláusula en el contrato en la que se asegure que no aplica el derecho al retracto es ilegal.

¿Qué hacer si se realiza una compra y quiere devolver el producto?

legalapp.gov.co entrega una serie de recomendaciones. La primera es el arreglo directo donde el consumidor tendrá que acudir a la empresa, proveedor o aerolínea donde compró el producto o servicio y deberá presentar una solicitud manifestando su interés de devolver lo adquirido, la cual podrá hacerse verbalmente, por escrito o a través de medios electrónicos.

Tenga en cuenta que el término de presentación es el siguiente:

  • Para ventas por internet, catálogos, financiación, televisión y métodos no tradicionales: 5 días hábiles luego de la entrega del bien o la celebración del contrato. Si se trata de un bien, se debe entregar al comerciante en iguales condiciones como lo recibió, y de ser necesario debe pagar el costo del transporte. El dinero de la compra debe ser devuelto por el proveedor o comerciante en máximo 30 días después de haber presentado su solicitud.
  • Tiquetes aéreos: (aplica para compras hechas por internet).
    • El retracto deberá ser ejercido a través de cualquier canal de atención del vendedor, dentro de las 48 horas siguientes a la operación de la compra.
    • El retracto solo podrá ser ejercido con una anterioridad igual o mayor a 8 días calendario entre el momento de su ejercicio oportuno y la fecha prevista para el inicio de la prestación del servicio para operaciones nacionales. Para operaciones internacionales, el término será igual o mayor a 15 días calendario.
    • La retención que se hace al pasajero se efectuará a favor del transportador y será equivalente a $60.000 para tiquetes nacionales o 50 dólares para tiquetes internacionales
    • La aerolínea o agente de viajes que vendió el tiquete deberá reembolsar el dinero al pasajero en un plazo máximo de 30 días.

Otra alternativa es que si la respuesta entregada por la empresa fue contraria a las pretensiones del consumidor o ni siquiera obtuvo respuesta alguna, se puede presentar una denuncia ante la Superindustria, la cual puede ser verbal, escrita o a través de medios electrónicos. La idea de hacer una denuncia es buscar la protección del derecho de los consumidores y salvaguardar el interés general, no solo el particular.

Finalmente está la opción de una demanda, si la respuesta entregada por la empresa no corresponde a lo esperado, y la persona aspira la reparación del bien, cambio del bien o la devolución del dinero, puede presentar demanda ante la Superindustria, entidad que podrá ordenar la reparación de los perjuicios causados al consumidor.

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