Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Determinación de la renta presuntiva y el anticipo del impuesto sobre la renta en el SIMPLE


Actualizado: 26 mayo, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Los contribuyentes del régimen simple de tributación deben calcular la renta presuntiva y el anticipo del impuesto sobre la renta?

Pregunta resuelta mayo 21 de 2020

Por regla general, todo contribuyente obligado a presentar el impuesto de renta y complementario debe calcular la renta presuntiva atendiendo las instrucciones dadas en los artículos 188 y 189 del Estatuto Tributario, con excepción de los mencionados en el artículo 191 del mismo estatuto.

Es importante precisar al respecto que, de acuerdo con los cambios que introdujo la Ley 2010 de 2019, a partir del año gravable 2021 se elimina la obligación de realizar el cálculo de la renta presuntiva.

El contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, interviene con la finalidad de explicar si existe algún requerimiento especial para determinar la renta presuntiva de los contribuyentes que optaron por inscribirse en el régimen simple de tributación.

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