Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

DIAN emite primer concepto general sobre el IVA, en aplicación de la última reforma tributaria


Actualizado: 3 febrero, 2017 (hace 7 años)

Se trata del Concepto 96 (1489) del 30 de enero de 2017, teniendo en cuenta el alto número de consultas relacionadas y, por ende, con el fin de unificar criterios y orientar sobre los cambios efectuados en relación al tributo.

Una vez vencido el plazo de transición para adelantar la remarcación de las mercancías con los precios de venta al público ajustados con la nueva tarifa, las mercancías que se vendan tendrán un IVA del 19%, que será obligatorio desde el 1 de febrero, precisó.

Si el periodo a declarar del responsable del impuesto en establecimiento de comercio con venta directa al público de mercancías premarcadas directamente o en góndola es bimestral, deberá presentar una sola declaración por enero – febrero, en la fecha establecida, independiente de la tarifa que haya aplicado en el mes de enero del 2017.

Lo mismo sucede con el responsable de IVA que haya optado por aplicar en enero la tarifa del 16%, quien presentará una sola declaración por el primer cuatrimestre (enero – abril).

El mismo tratamiento para presentar declaraciones según el periodo que corresponda, sólo habrá lugar a la presentación de una declaración sin importar la duplicidad de tarifas, por efectos de cambio y simultaneidad de operaciones gravadas.

Fuente: DIAN.

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