Dian indica que créditos de bajo monto están excluidos de IVA


Dian indica que créditos de bajo monto están excluidos de IVA
Actualizado: 5 octubre, 2023 (hace 7 meses)

Según concepto de la entidad, el otorgamiento de créditos de consumo de bajo monto no está gravado con el IVA.

A través del Concepto 15112 del 13 de septiembre de 2023, la Dian ha indicado que, el otorgamiento de créditos de consumo de bajo monto no está gravado con el IVA.

Lo anterior, en concordancia con el numeral 16 del artículo 476 del Estatuto Tributario, donde se señala que los intereses y rendimientos financieros por operaciones de crédito, siempre que no formen parte de la base gravable señalada en el artículo 447 del E.T., y el arrendamiento financiero están excluidos de este tributo.

De igual forma, el artículo 34 de la Ley 49 de 1990, señala que cuando los responsables del IVA financien a sus adquirientes o usuarios el pago del impuesto generado por la venta o prestación del servicio, los intereses por la financiación del IVA no forman parte de la base gravable.

Un crédito de consumo de bajo monto es una operación activa de crédito realizada con personas naturales cuyo monto máximo es hasta 106 UVT.

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