Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Empresa que inicia exportaciones, ¿cuándo debe cambiar la periodicidad para declarar el IVA?


Empresa que inicia exportaciones, ¿cuándo debe cambiar la periodicidad para declarar el IVA?
Actualizado: 26 mayo, 2015 (hace 9 años)

A partir de enero del año siguiente al cual una empresa comience a exportar, deberá cambiar a bimestral la periodicidad para la presentación de la declaración del IVA; así lo establece el artículo 600 del ET y el artículo 23 del Decreto 1794 del 2013.

Una empresa inicia actividad de exportación en marzo del 2014; se encontraba con periodicidad cuatrimestral de IVA, pero al exportar se debía cambiar la periodicidad, lo cual no se hizo. ¿Cuál es el procedimiento para enmendar este error?

Si en marzo del 2014 la empresa empezó a exportar, no era necesario hacer ningún tipo de cambio en la periodicidad para la declaración del IVA en el 2014. Al comenzar el año, en la empresa debieron revisar los topes para conocer la periodicidad con la cual se debía declarar el IVA durante el 2014, que para este caso fue cuatrimestral (ingresos brutos a 31 de diciembre del 2013 iguales o superiores a 15.000 UVT e inferiores a 92.000 UVT), y aunque la empresa empezó a exportar, esta situación no hace cambiar inmediatamente de periodicidad.

El Decreto 1794 de agosto del 2013, señala que los cambios  de periodicidad en las declaraciones del IVA solamente se producen cuando inicia el nuevo año; al respecto, el artículo 23 menciona:

“Cambio de período gravable. Con el fin de informar a la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, el cambio de período gravable del impuesto sobre las ventas, conforme con lo establecido en el artículo 600 del Estatuto Tributario, el responsable deberá señalar en la casilla 24 de la primera declaración de IVA del correspondiente año, el nuevo período gravable, el cual operará a partir de la fecha de presentación de dicha declaración.

El cambio de período gravable de que trata el inciso anterior, deberá estar debidamente soportado con la certificación de contador público o revisor fiscal en la que conste el aumento o disminución de los ingresos del año gravable anterior, la cual deberá ponerse a disposición de la autoridad tributaria en el momento en que así lo requiera”.

“si la periodicidad para presentar la declaración del IVA durante el año es cuatrimestral, se debe presentar de esta manera durante todo el año”

En consecuencia, si la periodicidad para presentar la declaración del IVA durante el año es cuatrimestral, se debe presentar de esta manera durante todo el año, independientemente de que en algún momento de este período la empresa se haya convertido en exportadora. Cabe recordar que la periodicidad para la presentación de la declaración del IVA de los exportadores es bimestral, tal como lo establece el artículo 600 del ET; no obstante, esa periodicidad se debe empezar a aplicar a partir de enero del año siguiente, en este caso, se debió empezar a aplicar a partir de enero del año 2015, si a esta fecha la empresa aún era exportadora.

Pero como se señaló anteriormente, si se inició el año 2014 con periodicidad cuatrimestral en IVA, se debió terminar con esta misma periodicidad, y empezar el año 2015 con periodicidad bimestral.

En conclusión, el hecho de convertirse en exportadores durante el año, no altera la periodicidad para la presentación del IVA en el mismo año, puesto que el cambio en la misma se aplica a partir del año siguiente.

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