Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Exoneración de 4 x 1.000 en entidades sin ánimo de lucro: ¿cómo funciona?


Actualizado: 24 abril, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Es cierto que las entidades sin ánimo de lucro quedaron exoneradas de responder por el 4 x 1000?

Pregunta resuelta abril 16 de 2020

El impuesto del 4 x 1.000, conocido como gravamen a los movimientos financieros, debe ser presentado ante la Dian con una periodicidad semanal en el formulario 410 para evitar la imposición de sanciones tributarias por parte de la Dian.

El contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, interviene para despejar dudas respecto a la exoneración del 4 x 1.000 en las entidades sin ánimo de lucro.

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