Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Facturación de IVA por entidad pública que desarrolla actividades comerciales


Actualizado: 18 julio, 2017 (hace 7 años)

Si una entidad pública de carácter especial, creada mediante el Decreto 1088 del 1993, desarrolla actividades comerciales, ¿debe facturar el IVA?

Resuelta   06 de  julio  de 2017

Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, indica que el Decreto 1088 del 1993 es una norma que regula el funcionamiento de las asociaciones de cabildos y autoridades tradicionales indígenas. Ahora bien, si estas entidades realizan actividades gravadas con IVA deben responder por dicho impuesto. Otro punto importante a mencionar es que a partir de 2017 y siguientes las asociaciones relacionadas con cabildos indígenas pasan a ser “no contribuyentes” y no declarantes de ingresos y patrimonio.

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