Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Información exógena tributaria año gravable 2015: nuevos reportes exigidos


Información exógena tributaria año gravable 2015: nuevos reportes exigidos
Actualizado: 8 diciembre, 2015 (hace 8 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Para personas naturales y jurídicas que expidan formulario 220
  • Alcaldes y gobernadores
  • Ingresos provenientes de la venta de bonos electrónicos o de papel de servicio, cheques, vales, etc.
  • Datos de trabajadores a quienes les paguen con bonos
  • Entidades públicas

Quienes deben elaborar este reporte por el año gravable 2015 deberán informar los datos de aquellos terceros a quienes vendieron dichos bonos, y lo harán elaborando los dos archivos en CSV mencionados en el anexo 60 de la Resolución 220 de octubre de 2014.

Datos de trabajadores a quienes les paguen con bonos

El cuarto reporte, mencionado en el artículo 32, solicita a todas las personas naturales y asimiladas o jurídicas y asimiladas, que adquieran los bonos electrónicos o de papel, vales, etc. y los usen para pagarles a sus trabajadores.

Quienes tengan que elaborar este reporte por el año gravable 2015 deberán informar los datos de aquellos trabajadores a los que les hayan hecho pagos usando los mencionados bonos, el tipo de bono y el valor de los mismos, y elaborarán los dos archivos en CSV mencionados en el anexo 61 de la Resolución 220 de octubre de 2014.

Entidades públicas

El quinto reporte, mencionado en el artículo 33, se exige a todas las entidades públicas que tengan que presentar cualquiera de los múltiples reportes mencionados dentro de la Resolución 220 de octubre del 2014. Estas entidades deben elaborar los dos archivos especiales en CSV mencionados dentro del anexo 62 de la Resolución 220. En el primero se solicitan los datos básicos de identificación y ubicación de la entidad pública, y en el segundo se les solicita como dato especial el Código Único Institucional –CUIN– que les haya sido asignado por la Contaduría General de la Nación.

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