Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

NIIF 16 Arrendamientos: el fin de los Leasing Operativos para los arrendatarios


NIIF 16 Arrendamientos: el fin de los Leasing Operativos para los arrendatarios
Actualizado: 12 febrero, 2016 (hace 8 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Lo que fue y lo que será
  • ¿Desde cuándo?
  • ¿Quiénes se verán principalmente impactados?

El IASB nos trae una nueva norma que replantea el tratamiento bajo Estándares Internacionales para los contratos de arrendamiento desde el punto de vista de los arrendadores. El esperado fin de los leasing operativos ya está aquí y los nuevos requerimientos se ajustan a las nuevas realidades del mercado.

NIIF 16 Arrendamientos: el fin de los Leasing Operativos para los arrendadores

El pasado 13 de enero del 2016 el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad –IASB– emitió la nueva norma contable, denominada Norma Internacional de Información Financiera: 16 Arrendamientos, la cual sustituye los requisitos contables actuales que datan de septiembre de 1982 y que hoy por hoy se encuentran desactualizados de acuerdo a las actuales condiciones en el tratamiento del tema.

En la práctica, los arrendamientos se convierten en una importante y flexible fuente de financiación para el sector empresarial; pese a ello, la norma contable vigente (NIC 17) no permitía de forma precisa a los inversionistas y usuarios de estados financieros visualizar los activos y pasivos que una empresa poseía en arrendamiento, especialmente en industrias como la de las líneas aéreas, comercio al por menor y transporte.

Lo que fue y lo que será

La clasificación propuesta por la NIC 17 describe las condiciones para que un arrendamiento sea clasificado como financiero y, por consecuente descarte, las “condiciones” para clasificarlo como operativo, generando complejos ejercicios de estimación de los efectos de las obligaciones de arrendamiento que estaban fuera del balance de una empresa, lo que condujo a la sobrestimación de las responsabilidades derivadas de dichas obligaciones.

“El final de los arrendamientos operativos para los arrendadores plantea una serie de requerimientos adicionales que supondrán un crecimiento obligado de los activos productivos y de los pasivos financieros”

La NIIF 16 busca cerrar esta brecha, pues requiere que todos los contratos de arrendamiento se “activen” o se “muestren como un pasivo” según corresponda. El final de los arrendamientos operativos para los arrendadores plantea una serie de requerimientos adicionales que supondrán un crecimiento obligado de los activos productivos y de los pasivos financieros para el tomador en arriendo.

La NIIF 16 elimina el modelo de contabilidad que clasifica los contratos como arrendamientos financieros, los cuales se registran dentro del balance, o como arrendamientos operativos para los que no se exige el reconocimiento de las cuotas de arrendamiento futuras. A cambio de ello, se crea un único modelo, dentro del balance, similar al de arrendamiento financiero actual.

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Para los arrendatarios, el contrato de arrendamiento pasa a ser un pasivo y un activo equivalente, el derecho de uso del bien objeto del contrato. Por tanto, se incrementará el valor del activo en el balance, pero también aumentará su endeudamiento. Así mismo, se producirán cambios durante la vigencia del contrato de arrendamiento, razón por la cual las empresas deberán reconocer un gasto en la mayoría de los contratos, aun cuando abonen cuotas periódicas constantes. Cabe decir que en el caso del arrendador se mantendrá la normatividad vigente, es decir que se continuarán clasificando los arrendamientos como financieros y operativos.

En términos generales, las empresas deberán evaluar la magnitud de los impactos de la norma para que puedan entender las implicaciones en su actividad de negocio. A nivel de estado de flujos de efectivo la norma busca separar el valor total pagado a capital (presentada dentro de las actividades de financiación) del registro de intereses.

Se prevé que a nivel de indicadores, el margen Ebitda se verá incrementado así como el apalancamiento financiero, mientras que los activos netos verán disminuido su valor y se impactarán negativamente los indicadores de cobertura de intereses y de rotación de activos.

¿Desde cuándo?

La NIIF 16 entrará en vigencia a nivel internacional a partir del 1 de enero del 2019, permitiendo su adopción anticipada siempre y cuando la empresa adopte la NIIF 15 Ingresos procedentes de contratos con clientes, la cual sustituye a la NIC 18 Ingresos de actividades ordinarias y a la NIC 11 Contratos de construcción.

¿Quiénes se verán principalmente impactados?

De acuerdo con los lineamientos de la NIC 17, en Colombia las compañías han estado evaluando los impactos de la implementación de esta norma en sus modelos de negocio, considerando principalmente la esencia sobre la forma de los mismos; lo anterior quiere decir que con independencia del nombre del contrato (financiero u operativo), si la esencia o el propósito del mismo conlleva otra finalidad, estos pueden ser clasificados de manera diferente.

Encontramos que los principales impactos se presentan en las compañías dedicadas al otorgamiento de arrendamientos, las cuales deben revisar los efectos presentes y futuros de sus contratos e igualmente revisar los cambios de acuerdo con las necesidades de sus clientes. Las compañías tomadoras de arrendamientos operativos que dependan de este medio para la financiación de sus activos se verán igualmente muy impactadas.

Elaborado por:

Carolina Montes / Socio Director
Julian Galvis / Consultor Senior
MC MONTES S.A.S

*Exclusivo para actualicese.co

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