Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Proceso a realizar ante la PILA cuando finaliza el contrato de trabajador independiente


Actualizado: 30 octubre, 2017 (hace 6 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

¿Si un trabajador independiente se afilia a las entidades de seguridad social, EPS, pensión y ARL, por un contrato que dura tres meses, al término de este debe realizar algún proceso de retiro antes las respectivas entidades mencionadas para no incurrir en moras?

Natalia Jaimes Lúquez, abogada, especialista en derecho laboral e investigadora adjunta del equipo de Actualícese, aclara que si una persona se encuentra afiliada al sistema de seguridad social como trabajador independiente y presenta algún tipo de novedad como, por ejemplo, una novedad de ingreso, o una novedad de retiro, debe reportarla en la planilla.

Asimismo, es de anotar que la novedad de retiro debe realizarse en los primeros cinco días del mes en el cual se va a reportar la novedad, porque de lo contrario esta persona tendrá que pagar el mes completo, lo anterior, de conformidad con lo que establece el artículo 2.1.6.3 del Decreto 780 de 2016.

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