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En el artículo 62 del ET se menciona cuales son los sistemas para valuación de inventarios que son aceptados por la norma fiscal y entre los cuales pueden escoger los contribuyentes para valuar sus inventarios tanto contable como fiscalmente. Sin embargo, en dicha norma se impone la obligación de que ciertos declarantes del impuesto de renta estarían obligados a utilizar el sistema de inventarios permanente. En esta conferencia comentamos esta importante normatividad
Repaso a la norma fiscal contenida en el artículo 62 del ET y que menciona cuales serían los sistemas de
valuación de inventarios que se podrían aplicar contable y fiscalmente por todos los comerciantes
Análisis a la restricción impuesta en dicho artículo 62 según la cual ciertos declarantes del impuesto de renta estarían obligados a utilizar el sistema de inventarios permanente