Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reporte a la DIAN de Retenciones practicadas a terceros durante el año gravable 2009 Formato 1002 (Resolución 7935 Julio de 2009) – Parte 1- Dr. Diego Guevara


Ficha técnica:

  • Duración: 73:00
Actualizado: 10 mayo, 2010 (hace 14 años)

* Este video contiene algunas fallas técnicas en su grabación.

Sobre esta conferencia…

Tal como ha venido sucediendo desde el año gravable 2005, la DIAN ha vuelto a indicar que todas las Personas Naturales, Sucesiones Ilíquidas y Personas Jurídicas que durante el 2009 hayan llegado a actuar como agentes de Retención en la Fuente deben reportar detalladamente dichas retenciones.

Esa información, que recibe el nombre de Información Exógena Tributaria, servirá a la DIAN para rastrear a quiénes se practicaron las mencionadas retenciones y detectar así sí han cumplido con todas las obligaciones que se les derivan por haber recibido dichos pagos.

Para cumplir con la entrega de dicha información, los reportantes tendrán que utilizar el formato 1002 diseñado por la DIAN el cual tendría que ser entregado o en forma presencial en las dependencias de la DIAN, o en forma virtual a través del portal de internet de la DIAN.

De igual manera, para poder diligenciar el formato 1002, los obligados deben saber de qué forma extractarían desde su contabilidad o archivos privados del 2009, los datos que se solicitan en el formato, e igualmente deben conocer, si no lo han hecho antes, de qué forma se utilizaría el Prevalidador Tributario 2010 1.2, el cual es un aplicativo gratuito en Excel que la DIAN provee para quienes deseen utilizarlo en el proceso de diligenciar el formato o de validarlo.

Una vez entregado el formato, los obligados deben saber con cuánto tiempo contará la DIAN para revisar la exactitud de la información que le suministren.

Temario:

  • Obligados a efectuar el Reporte
  • ¿Quiénes deben cumplir con efectuar este reporte? (literal “b” del art.631, art.1 y 2 Res.7935)
  • ¿Qué se debe reportar y cómo hacerlo?
  • ¿Qué formato se debe utilizar, y como se puede elaborar?
  • Puntos importantes a tomar en cuenta cuando se esté diligenciando el formato 1002
  • Recolección de la información y uso del Prevalidador
  • Presentación del Formato 1002
  • Plazos para la entrega
  • ¿Quién responde por la información?
  • Formas de entregar el reporte
  • Entrega de los archivos por el portal de la DIAN
  • Entrega de los archivos presencialmente en las Sedes de la DIAN
  • Consultas de las Solicitudes de envío
  • Sanciones en Dinero
  • Plazos para que la DIAN exija los reportes no presentados, o solicite correcciones a los reportes presentados
TAMBIÉN LEE:   Resolución 162 del 31-10-2023

Continuación

Material Complementario

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,