Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Retención en la fuente sobre la prima de servicios


Actualizado: 24 julio, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Se le debe aplicar retención en la fuente en los períodos de junio y diciembre al valor de la prima de servicios que reciben los trabajadores?

Resueltas el 29 de junio de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, señala que para dar respuesta a la consulta se debe hacer la lectura de los artículos 385 y 386 del  Estatuto Tributario, que hacen referencia al procedimiento 1 y 2 para aplicar la retención en la fuente por concepto de rentas laborales.

Dicho lo anterior, se precisa que cuando se aplica el procedimiento 1 para empleados del sector privado, el pago de la prima legal no debe ser sumado con los demás pagos laborales, sino que debe ser depurada de manera individual, valor al cual se le deberá restar el 25 % por concepto de renta exenta según lo indicado en el artículo 206 del Estatuto Tributario y posteriormente aplicar la tabla establecida en el artículo 383 del Estatuto Tributario.

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