Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sociedades Anónimas con menos de 5 accionistas se pueden transformar en S.A.S. para no disolverse


Sociedades Anónimas con menos de 5 accionistas se pueden transformar en S.A.S. para no disolverse
Actualizado: 27 agosto, 2009 (hace 15 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Las Sociedades Anónimas requieren un mínimo de accionistas
  • ¿Qué pasa si por algún motivo la Sociedad Anónima queda con 4 o menos accionistas?
  • ¿Por qué una sociedad anónima de 5 accionistas puede quedar con 4 accionistas?
  • En vez de disolver la S.A. por falta de accionistas mínimos, se puede transformar a S.A.S.
  • ¿Cuánto tiempo tienen los 3 o 4 accionistas de la S.A. que quedaron para aprobar la transformación en SAS?
  • Y por último. La anterior situación para enervar la disolución por disminución de accionistas mínimos, también aplica en Sociedades en Comandita por Acciones

Una de las causales de disolución forzosa de una Sociedad Anónima es reducir su número mínimo de accionistas, pero dicha causal se puede enervar transformándola en una Sociedad por Acciones Simplificadas.

Las Sociedades Anónimas requieren un mínimo de accionistas

Las sociedades anónimas tanto para nacer, como para subsistir, requieren un mínimo de accionistas, como pregona el Artículo 374 del Código de Comercio: Número Mínimo de Accionistas en la Sociedad Anónima. La sociedad anónima no podrá constituirse ni funcionar con menos de 5 accionistas.

Dicha condición es autónoma al número de acciones en que se encuentre dividido el capital de la sociedad. (1.000 o 1.000.000 de acciones por ejemplo)

¿Qué pasa si por algún motivo la Sociedad Anónima queda con 4 o menos accionistas?

En el caso que la sociedad anónima quede operando con menos de 5 accionistas, se incurre en una de las causales de disolución de la sociedad anónima, veamos:

Código de Comercio. Artículo 457. Causales de Disolución en la Sociedad Anónima. La sociedad anónima se disolverá:

  • Por las causales indicadas en el artículo 218;

Artículo 218. Causales de Disolución de la Sociedad. La sociedad comercial se disolverá:

1)…

2)…

3) Por reducción del número de asociados a menos del requerido en la ley para su formación o funcionamiento…

¿Por qué una sociedad anónima de 5 accionistas puede quedar con 4 accionistas?

Básicamente por dos razones:

  • Uno de los 5 accionistas le cede la totalidad de sus acciones a uno de los 4 accionistas restantes.
  • Uno de los 5 accionistas demanda a otro de los accionistas, proceso que deriva en el embargo y adjudicación de las acciones al accionista demandante, por lo que quedarían 4 accionistas.

En vez de disolver la S.A. por falta de accionistas mínimos, se puede transformar a S.A.S.

La Ley 1258 de 2008, mediante la cual se crea las Sociedades por Acciones Simplificadas –SAS-, estableció para todas las demás sociedades comerciales que requieran un mínimo de socios o accionistas, que en caso de sufrir la ausencia mínima de asociados, dicha causal de disolución se puede enervar con la transformación de dicha sociedad en una SAS, (Ley 1258/08 artículo 35… Parágrafo. Las causales de disolución por unipersonalidad sobrevenida o reducción de las pluralidades mínimas en los demás tipos de sociedad previstos en el Código de Comercio también podrán enervarse mediante la transformación en SAS, siempre que así lo decidan los asociados restantes de manera unánime o el asociado supérstite.).

La razón a lo anterior, es por la sencilla razón que la SAS a pesar de ser una sociedad por acciones, se puede constituir con uno o más accionistas (Ley 1258/08 artículo 1. Constitución. La sociedad por acciones simplificada podrá constituirse por una o varias personas naturales o jurídicas).

¿Cuánto tiempo tienen los 3 o 4 accionistas de la S.A. que quedaron para aprobar la transformación en SAS?

Los accionistas restantes de la sociedad anónima que se encuentra con menos de 5 accionistas para operar, tienen 6 meses, desde el momento en que quedaron sin el número mínimo de accionistas (5 accionistas), para aprobar por unanimidad la transformación en SAS.

Vencido ese plazo sin que se haya aprobado y efectuado la transformación, pasará a liquidación inmediata la sociedad anónima.

Y por último. La anterior situación para enervar la disolución por disminución de accionistas mínimos, también aplica en Sociedades en Comandita por Acciones

El artículo 343 del Código de Comercio, también establece que las Sociedades en Comandita por Acciones, se deben constituir y funcionar con no menos de 5 accionistas, por lo que si este tipo de entes societarios quedan con 4 o menos accionistas, también estaría en una causal de disolución, pero puede ser enervada transformándose en SAS, siempre y cuando los 4 o menos accionistas que quedan, así lo aprueban de manera unánime.

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