Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tarifa mínima de retención en la fuente si se realiza pago a empleado por conceptos acumulados


Tarifa mínima de retención en la fuente si se realiza pago a empleado por conceptos acumulados
Actualizado: 23 agosto, 2016 (hace 8 años)

A un asalariado que le realizan pagos correspondientes a varios períodos anteriores se le debe determinar un salario promedio, para que una vez depurado sea posible establecer la tarifa o valor de retención y de este modo se pueda aplicar al pago acumulado.

Respondamos a la siguiente pregunta: si se realiza un pago a un empleado correspondiente a diversos conceptos acumulados por varios períodos, ¿cómo se determina la tarifa mínima de retención en la fuente contemplada en el artículo 384 del ET?

Se considera que a dicha pregunta la DIAN le dio respuesta mediante el Concepto 14735 de junio del 2016; sin embargo, en este al parecer la entidad no consideró algunos factores cuando a un asalariado le realizan pagos correspondientes a varios períodos anteriores.

“cuando a un asalariado se le acumulan los pagos y se los van a realizar en un solo mes, no se deben someter todos a retención ya que el valor a retener sería muy alto”

De este modo, se debe tener en cuenta que a los asalariados se les practica la retención en la fuente al momento del pago. Así, cuando solo existía la retención básica contemplada en el artículo 383 del ET, la DIAN emitió el Concepto 47441 de julio del 2005, en el cual se indica que cuando a un asalariado se le acumulan los pagos y se los van a realizar en un solo mes, no se deben someter todos a retención ya que el valor a retener sería muy alto.

Así por ejemplo, si el pago a realizar corresponde a 5 meses de salario, entonces el valor a pagar debe dividirse por dicho número de meses, con el propósito de determinar un salario promedio, y es este último el que se somete a depuración: restarle los ingresos no gravados, detraer las deducciones correspondientes a dicho ingreso mensual promedio, así como también las rentas exentas. Una vez realizada la depuración, el valor resultante es el que se va a contrastar con la tabla contenida en el artículo 383 del ET para así determinar el porcentaje de retención, el cual según lo mencionado en el Concepto 47441 de julio del 2005 se procederá a aplicar al valor que se va a pagar por los 5 meses de salario.

El procedimiento descrito anteriormente es el mismo que debería efectuarse para determinar la tarifa mínima de retención en la fuente, la cual se creó mediante la Ley 1607 del 2012 y se viene aplicando desde el 2013. No obstante, la depuración del ingreso debe realizarse acorde con lo señalado en el artículo 384 del ET.

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