Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cálculo de impuesto diferido sobre diferencia en cambio


Actualizado: 4 julio, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Juan David Maya a la pregunta

Teniendo en cuenta las modificaciones que hizo la Ley 1819 de 2016, ¿las diferencias en cambio generan impuesto diferido?

Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, aclara que siempre que una partida presente un valor contable distinto al fiscal y tengan incidencia en el cálculo del impuesto a las ganancias se genera impuesto diferido.

Ahora bien, recordemos que desde el punto de vista fiscal a través de la expedición de la Ley 1819 de 2016, se estableció que se reconocerá diferencia en cambio solo en el momento en que se realicen los activos o se liquiden los pasivos, pero los nuevos marcos contables de información financiera mencionan que la diferencia en cambio debe reconocerse justo en el momento en que se presente dicha diferencia, esto es mes a mes o por lo menos al corte de cada año se debe hacer la conversión tomando la tasa representativa del mercado.

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