Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 17409086 de 17-01-2018


Actualizado: 17 enero, 2018 (hace 6 años)

Superintendencia de Industria y Comercio
Concepto 17409086
Enero 17 de 2018

El uso de una denominación de origen protegida no puede darse en forma indiscriminada, ni aplicarse en productos que no cumplan los requisitos establecidos en la norma andina, pues ello violenta el derecho de información de los compradores del bien, la cual debe ser correcta y verídica.

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