Se está adelantando una devolución del saldo a favor arrojado en la declaración de renta del año gravable 2013; en el segundo período del 2013, se presentó la declaración de retenciones en la fuente antes del vencimiento del plazo para declarar, pero el pago se hizo con posterioridad a dicha fecha sin intereses de mora; la DIAN la devolvió por ineficacia, ¿cómo se subsana dicha ineficacia?