Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Empresas prestadoras de servicios turísticos: cómo radicar una queja


Empresas prestadoras de servicios turísticos: cómo radicar una queja
Actualizado: 11 septiembre, 2015 (hace 9 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Cuáles son las infracciones de las empresas prestadoras de servicios turísticos?
  • ¿Cuáles son los requisitos de una queja?
  • ¿Cómo se presenta la queja?

Todo consumidor, natural o jurídico se encuentra en la capacidad de ejercer la protección a sus derechos como consumidor, para esto, podrá hacer uso de los medios brindados por la Superintendencia de Industria y Comercio, y radicar queja ante la entidad.

Cuando un consumidor de servicios turísticos, considere que una empresa turística prestadora de estos servicios, vulneró sus derechos como consumidor, podrá radicar ante la Superintendencia de Industria y Comercio, reclamación a fin de  hacer valer sus derechos, siempre y cuando cumpla los requisitos de la misma, es decir, se logre expresar o identificar la posible infracción en que incurrió la empresa.

¿Cuáles son las infracciones de las empresas prestadoras de servicios turísticos?

El artículo 71 de la ley 300 de 1996, señala que las infracciones de quienes presten servicios turísticos podrán ser objeto de sanción cuando incurran en conductas que atenten lo derechos de los consumidores. Se considera también infracción el presentar documentación falsa o adulterada a cualquier entidad oficial; el utilizar publicidad engañosa que provoque error al público acerca de los precios, calidad o cobertura del servicio turístico ofrecido; sobre la modalidad y condiciones del contrato o las características ofrecidas; el incumplimiento de servicios ofrecidos; operar sin registro; incumplir obligaciones  frente a las autoridades de turismo.

¿Cuáles son los requisitos de una queja?

  1. Nombre completo e identificación del denunciante
  2. Nombre completo e identificación de la persona contra la cual se dirige la denuncia
  3. Dirección y Teléfono, ciudad de domicilio del denunciante y denunciado.
  4. Relato completo y entendible de los hechos denunciados
  5. Copia de los documentos que respaldan al denuncia ( Facturas, garantías, recibos, revisiones técnicas, servicios prestados, material publicitario, y los demás)
  6. Anexar certificado de la cámara de comercio del denunciado o la información que se tenga que permita el reconocimiento del presunto infractor.
  7. Expresar claramente la solicitud.

¿Cómo se presenta la queja?

La Superintendencia de Industria y comercio, permite al usuario elegir la opción de radicación adecuada según sus necesidades, las opciones son las siguientes:
Presencial:

  1. Se debe acercar a la Sede Centro de la entidad, ubicada en Bogotá D.C, en la carrera 13 Nro. 27 – 00, piso 1, centro de documentación.
  2. En las intendencias regionales de la Superintendencia de Sociedades.

Correspondencia:

1. Virtual:

a. A través de la página de la Superintendencia de industria de comercio – www.sic.gov.co-  opción “trámites y servicios”, “Protección al consumidor”, “denuncias sobre posibles violaciones a las normas de protección al consumidor”.

2. Físico:

a) Mediante escrito a la dirección la Sede Centro de la entidad, ubicada en Bogotá D.C, en la carrera 13 Nro. 27 – 00, piso 1.

b) Enviando fax al número 5870284

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