Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Liquidación y pago de vacaciones anticipadas


Actualizado: 12 junio, 2017 (hace 7 años)

Cuando se dan vacaciones anticipadas, ¿se debe pagar el 100% de estas o de forma proporcional al tiempo laborado?

La Dra. Natalia Jaimes aclara que las vacaciones son un descanso remunerado obligatorio al cual tiene derecho todo empleado después de haber laborado durante un año.

Para mayor información, se debe estudiar lo dispuesto en el artículo 187 del Código Sustantivo del Trabajo, el cual establece lo siguiente:

“EPOCA DE VACACIONES.

  1. La época de vacaciones debe ser señalada por el empleador a más tardar dentro del año subsiguiente, y ellas deben ser concedidas oficiosamente o a petición del trabajador, sin perjudicar el servicio y la efectividad del descanso.
  2. El empleador tiene que dar a conocer con quince (15) días de anticipación, la fecha en que le concederá las vacaciones.
  3. Adicionado por el artículo 5, Decreto 13 de 1967. El nuevo texto es el siguiente: Todo empleador debe llevar un registro especial de vacaciones en que el anotará la fecha en que ha ingresado al establecimiento cada trabajador, la fecha en que toma sus vacaciones anuales y en que las termina y la remuneración recibida por las mismas”.
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