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Personas del régimen simplificado ya pueden presentar declaraciones e información exógena de forma virtual


Personas del régimen simplificado ya pueden presentar declaraciones e información exógena de forma virtual
Actualizado: 17 junio, 2013 (hace 11 años)

El nuevo servicio solo sirve para las personas naturales del régimen simplificado que no sean comerciantes y no requieran inscripción en Cámaras de Comercio.

En el mes de abril la DIAN puso en funcionamiento lo que supuestamente en julio tendría que haber comenzado, como es que las personas naturales que necesitaran inscribirse en el RUT, perteneciendo al régimen simplificado del IVA, podrían hacerlo de forma virtual y sin necesidad de firmas digitales.

Este nuevo servicio virtual se denomina “Servicio de inscripción virtual en el RUT para personas naturales del régimen simplificado no comerciantes”. Desde este año la DIAN permitirá que las personas del régimen simplificado presenten las declaraciones y la información exógena a través de mecanismos digitales.

La DIAN hace énfasis que este nuevo servicio virtual solo sirve para las personas naturales del régimen simplificado que no sean comerciantes y que no requieran inscripción en Cámaras de Comercio,  ya que cuando sí requieran la inscripción en el registro mercantil, en sí tiene que ir presencialmente a la Cámara de Comercio para que esta efectúe la inscripción en el RUT de la DIAN, y al mismo tiempo genere los certificados de matrícula mercantil en el cual figure de una vez el NIT que le asignó la DIAN.

6 Pasos para realizar el proceso virtualmente

1. Antes de ingresar a la página de la DIAN verifique que el computador desde el cual hará el proceso reuna todos los requisitos necesarios para navegar por el portal. Lo anterior se comprueba visitando el enlace llamado “verificar requisitos”.

2. En la página principal de la DIAN use la opción de la izquierda llamada “Inscripción en el RUT”. Entre las opciones que allí se despliegan escoja la que se llama “Régimen simplificado no obligados Cámara de Comercio”.

3. Luego de digitar la cédula, el sistema hará tres preguntas de seguridad para garantizar que no se trate de alguien que quiera suplantar a la verdadera persona natural. Si responde mal alguna, el proceso se bloqueará y tendrá que hacerlo de forma presencial en las sedes de la DIAN.

4. Hora del diligenciamiento completo de todas las casillas de la primera página del RUT. Entre ellos se exige obligatoriamente informar una dirección de correo urbano y una dirección de correo electrónico, pues a esta última la DIAN hará llegar un correo con el RUT formalizado.

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5. Al final, cuando se use el botón “guardar” y luego “enviar”, el sistema pedirá que se adjunten dos archivos en .pdf. Uno, la fotocopia de su cédula y el otro, la fotocopia del recibo de servicios públicos que corresponda al domicilio de la dirección de correo urbano que primero reportó.

6. Finalmente, dentro de los 5 días hábiles siguientes la DIAN hará llegar al correo electrónico el respectivo archivo en .pdf el RUT con la leyenda “Certificado”.

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