Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Precios de transferencia, obligados a presentar declaración informativa y documentación comprobatoria


Actualizado: 22 septiembre, 2015 (hace 9 años)

El régimen de precios de transferencia debe ser aplicado por los contribuyentes del impuesto de renta ubicados en Colombia que hayan efectuado durante el año operaciones de ventas, compras, o préstamos, etc., con entidades o personas que califican con sus vinculadas económicas, y estos últimos hayan estado ubicados en el exterior o incluso dentro de alguna zona franca en Colombia. Pero ¿quiénes deben presentar declaración informativa y documentación comprobatoria?

Pues bien, los contribuyentes del impuesto de renta, cuyo patrimonio bruto en el último día del año o período gravable sea igual o superior al equivalente a cien mil (100.000) UVT (lo que equivale para el 2014 a $2.748.500.000) o cuyos ingresos brutos del respectivo año sean iguales o superiores al equivalente a sesenta y un mil (61.000) UVT (equivalente para el año 2014 a $1.676.585.000), que celebren operaciones con vinculados económicos están obligados a presentar la declaración informativa individual de precios de transferencia y a preparar y enviar la documentación comprobatoria relativa a cada tipo de operación con la que demuestren la correcta aplicación de las normas del régimen de precios de transferencia.

Es importante tener en cuenta que la información financiera y contable utilizada para la preparación de la documentación comprobatoria deberá estar certificada por el revisor fiscal, y que dicha documentación deberá conservarse por un término mínimo de cinco (5) años, contados a partir de enero primero del año siguiente al año gravable de su elaboración, expedición o recibo y colocarse a disposición de la DIAN, cuando esta así lo requiera.

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