Entre los activos que se le pueden embargar a una persona por solicitud de un acreedor, están las acciones o participación que tenga en una sociedad, igual como se le embarga un carro, un inmueble, objetos cómo televisores, etc. Pero en el embargo de acciones, se debe seguir un procedimiento.
En la Cesión de Acciones no basta con poseer en las manos el título accionario para reclamar derechos como accionistas, es necesario la inscripción en el Libro de Accionistas o una reforma Estatutaria en las Limitadas para ser considerados como copropietarios de la empresa.
Una sociedad por acciones emite en dos momentos acciones: al constituirse y posteriormente para aumentar su capitalización. En una u otra, es necesario seguir unas reglas.