Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Solicitud de retiro parcial de cesantías con ocasión del COVID-19


Actualizado: 20 abril, 2020 (hace 4 años)

A través del Decreto 488 de 2020 se establecen algunas medidas para mitigar el impacto económico generado por la emergencia sanitaria declarada por la propagación del nuevo coronavirus.

Con esto en mente compartimos un modelo de carta de solicitud parcial de retiro de cesantías con ocasión del COVID-19.

Tenga en cuenta que las cesantías son una prestación social que es otorgada al trabajador al momento de quedar desempleado y que para casos específicos estas se pueden retirar parcialmente (para matrícula académica para programas de educación superior, estudios técnicos o tecnológicos; certificados de aptitud ocupacional; vivienda, en los casos de mejoras, pago de hipoteca, adquisición de terreno o lote; etc.).

Sin embargo, por medio del Decreto 488 de 2020, el Gobierno colombiano estableció algunas medidas para mitigar el impacto económico generado por la emergencia sanitaria declarada por la propagación del coronavirus (COVID19); una de estas medidas es la expuesta en el artículo 3 de dicho decreto, en el cual se menciona lo siguiente:

“Hasta tanto permanezcan los hechos que dieron lugar a la Emergencia Económica, Social y Ecológica, el trabajador que haya presentado una disminución de su ingreso mensual, certificada por su empleador, podrá retirar cada mes de su cuenta de cesantías el monto que le permita compensar dicha reducción, con el fin de mantener su ingreso constante. Esta disposición aplica únicamente para retiros de los fondos administrados por Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías de carácter privado”.

Así pues, se autoriza a los fondos privados de cesantías a pagar a los trabajadores afiliados un valor que compense la disminución que han percibido en sus ingresos. Adicionalmente, a través de la Circular Externa 000013 de marzo 30 de 2020, la Superintendencia Financiera de Colombia expone en la tercera instrucción lo siguiente:

“La certificación expedida por el empleador de que trata el artículo 3 del Decreto 488 de 2020 puede ser remitida por el trabajador a través de mensajes de datos, o en general cualquier medio electrónico o digital de acuerdo con los mecanismos que defina la respectiva AFPC, y debe contener la siguiente información:

  1. Nombre o razón social del empleador junto con el tipo y número de identificación
  2. Nombre y apellidos del trabajador junto con el tipo y número de identificación
  3. Datos de contacto del empleador
  4. Salario devengado por el trabajador a 1 de marzo de 2020
  5. El monto de la disminución del ingreso mensual del trabajador”.

Con esto en mente, compartimos este formato en Word, donde encontrará un modelo con el cual el empleador certifica el retiro parcial de cesantías.

Por último, si deseas ampliar tu conocimiento sobre cómo utilizar esta herramienta, te invitamos a revisar el siguiente video:

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