Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento tributario de los dividendos según su año de origen


Actualizado: 8 marzo, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:

¿Cuáles son las normas que deben ser analizadas y aplicadas cuando se distribuyan dividendos según su año de origen? Es decir, ¿qué norma aplica sobre los dividendos de los años 2016, 2017 o de cualquier año que no había sido decretado a diciembre de 2018?

Resuelta el 21 de febrero de 2019

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios señala que en virtud de la Ley 1943 de 2018 a los dividendos que se repartan con cargo a utilidades generadas a partir del año gravable 2017 se les aplicarán las disposiciones definidas en los artículos 242, 245, 246, 342 y 343 del Estatuto Tributario.

Respecto a los dividendos correspondientes a utilidades generadas y no distribuidas de períodos anteriores al año gravable 2016, deberán ser tratados conforme a las disposiciones del artículo 1.2.1.10.3 y del parágrafo transitorio del artículo 1.2.4.7.1 del Decreto único tributario 1625 de 2016.

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