Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Vacunación por COVID-19: empleadores deben garantizar permiso a los trabajadores


Vacunación por COVID-19: empleadores deben garantizar permiso a los trabajadores
Actualizado: 20 agosto, 2021 (hace 3 años)

El Ministerio del Trabajo estableció las directrices para los empleadores respecto a las jornadas de vacunación y la garantía de que dentro de la jornada laboral se permita a los trabajadores asistir a ellas.

Señaló que la negativa de aplicarse la vacuna no puede afectar la permanencia en el empleo.

Con ocasión de la pandemia del COVID-19, en el país se adelanta el plan de vacunación contra esta enfermedad, el cual se da por etapas. Recientemente, el Ministerio de Salud y Protección Social anunció que las personas de 20 años en adelante pueden acudir a los puntos de vacunación, razón por la que casi toda la población ya puede acceder a la vacuna.

Circular del Ministerio del Trabajo

El Ministerio del Trabajo expidió la Circular 0047 de 2021, mediante la cual indica que con el Decreto 109 de 2021 se adoptó el plan de vacunación contra el COVID-19, en el que se establece que en todo el territorio nacional la población debe recibir prioritariamente la vacuna con la finalidad de reducir la enfermedad grave y la mortalidad por el virus.

A su vez, señala que mediante la Resolución 777 de 2021 se establecieron los criterios para el desarrollo de las actividades económicas, sociales y del Estado y se adoptó un protocolo general de bioseguridad.

Al respecto, el Mintrabajo enfatiza que en el parágrafo del artículo 5 de la mencionada resolución se dispone que, cuando en las empresas se decida retornar a las actividades de manera presencial, deberán incluirse a los trabajadores que bajo el ejercicio de su autonomía decidieron no vacunarse, independientemente de cuestiones relacionadas con su edad, condición o comorbilidad.

Frente a lo dicho, el Mintrabajo recomienda realizar campañas pedagógicas que tengan como objetivo la sensibilización y responsabilidad social de las personas acerca de la situación actual, para que opten por la vacuna como un componente fundamental para el retorno a las actividades, para lo cual, a su vez, debe garantizarse la posibilidad de que los trabajadores acudan a los puestos de vacunación aun dentro de la jornada laboral.

En igual sentido, el Mintrabajo indica que los empleadores no podrán exigir como requisito para el ingreso o la permanencia en el empleo que los trabajadores se apliquen la vacuna, ya que esto representaría un acto discriminatorio y atentaría contra los derechos de los trabajadores.

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A su vez, recordó que las únicas causales por las cuales puede darse por terminado el contrato con justa causa se encuentran previstas en el artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo –CST–.

Para lo anterior, el Mintrabajo determinó que los empleadores deben:

  • Promover e impulsar la vacunación entre sus trabajadores garantizando la asistencia a las jornadas de vacunación aun dentro de la jornada laboral, otorgando los permisos para el efecto.
  • Implementar las medidas y protocolos de bioseguridad previstos en la Resolución 777 de 2021 para garantizar el desarrollo de las actividades laborales en los sitios de trabajo en condiciones seguras.

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